
El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- ha otorgado beneficio de financiación en el pago de las cuotas a todos los empresarios, esto atendiendo las circunstancias exepcionales que el Covid-19 está ocasionando.
Es importante considerar que estos beneficios no son exoneraciones de impuestos, sino facilidades de pago para alivianar el impacto en flujo de efectivo que la mayoría de las empresas está atravesando en estos momentos.
Las cuotas patronales de marzo, abril y mayo tienen facilidades de pago, permitiendo al empresario escoger entre tres opciones:
- Pagar las cuotas patronales junto con las laborales en su plazo original cuando le sea conveniente y tenga capacidad de pago.
- Que los meses de marzo, abril y mayo se paguen en julio, agosto y septiembre respectivamente. Pagando en ese momento dos cuotas, la del mes y la diferida.
- Pagar en 18 meses las cuotas de marzo, abril y mayo, comenzando a pagar en julio.
En la segunda y tercera opción hay que considerar que la facilidad de pago aplica únicamente para la cuota patronal IGSS (12.67{ccd2aa20c279b6a0a292b2b76de9d6e7f9d76e59184cfdbb1bdcb9429cdee2b3}), debiendo de trasladar en su plazo original las cuotas laborales (4.83{ccd2aa20c279b6a0a292b2b76de9d6e7f9d76e59184cfdbb1bdcb9429cdee2b3}). Considerar también en estas dos opciones no existirán recargos por moras, intereses o cargos administrativos.
COMUNICADO OFICIAL No. 12 | Informamos al sector patronal y afiliados de las siguientes disposiciones que el Instituto ha tomado ante la emergencia por contener el #Covid19 en el país.#IGSScontraCovid19 pic.twitter.com/ZnbPKyTdv5
— Noticias IGSS (@Noticias_IGSS) March 23, 2020








