
FEL consiste en la emisión de formas que deben ser autorizados por SAT a través medios electrónicos, tales como facturas, notas de crédito y débito, recibos y cualquier otro identificándolos como Documento Tributario Electrónico – DTE.
Factura electrónica FEL – Bienvenido a la era digital
Hoy en día, quien no está utilizando la tecnología en sus procesos se está quedando atrás dejando de aprovechar todos sus beneficios.
Tal es el caso de la Superintendencia de Administración Tributaria – SAT, quien, para fortalecer su gestión en la recaudación de impuestos, ha iniciado en implementar el uso de la factura electrónica, a manera de poder cruzar datos entre contribuyentes, reducir el uso de formas impresas y agilizar los procesos de fiscalización, entre otros.
En Guatemala se inició con el uso del sistema FACE desde el año 2007, posteriormente se cambió al sistema FEL conforme el Acuerdo del Directorio 13-2018. El concepto es similar, los cambios sustanciales entre uno y el otro son la eliminación de enviar a GFACE la factura electrónica y la implementación de la firma electrónica.
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¿En qué consiste la factura electrónica FEL?
FEL consiste en la emisión de formas que deben ser autorizados por SAT a través medios electrónicos, tales como facturas, notas de crédito y débito, recibos y cualquier otro identificándolos como Documento Tributario Electrónico – DTE.
FEL tiene como objetivo erradicar la evasión fiscal y en forma progresiva irá incorporando por segmentos y plazos, mediante disposiciones que serán notificadas debidamente, para que más contribuyentes formen parte de la nueva modalidad de emisión de facturas en la compra–venta de bienes y servicios y así constituir el único medio para la emisión de los documentos tributarios.
En mayo del año 2018 fue publicado en el Diario Oficial y con vigencia partir del 17 de mayo del mismo año el acuerdo que da vida a FEL.
¿Cuáles Documentos Tributarios Electrónicos DTE existen en el sistema FEL?
El sistema FEL permite la emisión, transmisión, certificación y conservación por medios electrónicos de:
- Facturas
- Factura cambiaria
- Factura pequeño contribuyente
- Factura cambiaria pequeño contribuyente
- Factura especial
- Notas de débito
- Notas de crédito
- Notas de abono
- Recibo por donación
- Recibos de servicios de ONGS
Aspectos generales en el sistema FEL
- El emisor debe tener Agencia Virtual
- El certificador puede ser persona individual o jurídica
- El emisor puede tener más de dos certificadores
- La factura electrónica es en línea y tiempo real
- No se permitirá emisión de facturas sin el NIT
- Reducción de papel
- Generación de archivos XML
- El certificador envía a la SAT de inmediato los documentos autorizados para su validación y cuentan con dos firmas electrónicas la del emisor y el certificador
Adiós documentos en papel
Los cambios para las facturas impresas para el año 2020 surgen en las reformas al Reglamento 5-2013 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado – IVA.
Las facturas autorizadas antes del 09 de enero del 2013 por la SAT quedaron sin vigencia a partir del 01 de enero del 2020 y en efecto ya no se podrán presentar para la deducción del ISR o devolución del Crédito Fiscal por IVA.
A partir del 01 de julio del 2020 los documentos autorizados bajo el Régimen FACE que no contaban con una fecha de vencimiento específica, dejaron de ser válidos, por lo que los contribuyentes deberán solicitar una incorporación al Régimen FEL.
Y durante algún tiempo, todas las solicitudes de autorización en formas pre-impresas tendrán únicamente un plazo de vigencia de seis meses.
El futuro de la factura electrónica FEL
Actualmente los contribuyentes obligados bajo este sistema son los clasificados como contribuyentes especiales, agentes retenedores, grandes contribuyentes, y cualquier otro contribuyente que SAT notifique específicamente.
Se espera que en Guatemala para el año 2023 la Factura Electrónica – FEL sea el único medio en el que la SAT autorizará para la emisión de documentos tributarios.
Conforme la resolución de la SAT Número SAT-DSI-639-2020 publicada en el Diario Oficial el 30 de julio del 2020, se incorporan al Régimen FEL los pequeños contribuyentes quienes presten servicios técnicos al sector público antes del 31 de diciembre del 2020 o de lo contrario quedaran sin efecto las facturas de papel u otra versión, para no caer en contratiempos es recomendable que se inicie la incorporación a este Régimen.
Como funciona la factura electrónica FEL
Actualmente existen dos modalidades, la primera es a través del portal de SAT, donde el contribuyente puede habilitarse como emisor de FEL y utilizar la aplicación que se provee. Es importante tener presente que cualquier contribuyente puede hacer uso de esta, pero lo que define si puedo o no, es el tamaño de mi operación, pues hay contribuyentes con una operación muy voluminosa que es mejor utilizar un certificador, caso contrario, pueden utilizar la aplicación siempre y cuando su logística operativa lo permita.
Ahora bien, si la operación requiere el uso de muchos documentos, es mejor contratar los servicios de un certificador autorizado por SAT, quienes proveen el soporte, enlace a sistema contable, resguardo de documentos y una interacción inmediata en la generación y emisión de documentos.
Ventajas de utilizar factura electrónica FEL
Entre las ventajas que FEL tiene, podemos mencionar la fácil habilitación por medio de la Agencia Virtual de SAT, autorización inmediata de cada documento, confiabilidad de la información, reducción del uso de papel y otros recursos y verificación de la validez de las facturas electrónicas recibidas a través del Portal SAT, entre otros.
Además, permite la consulta de las facturas electrónicas emitidas/recibidas en la Agencia Virtual, esto viene a eliminar por completo el utilizar o recibir documentos con resoluciones vencidas, que en ocasiones sucede por no estar atentos a este detalle tan pequeño, pero que puede incidir en que el gasto no sea deducible o el crédito procedente.
Recomendaciones en la implementación de factura electrónica FEL
Debido a que SAT ha iniciado a fortalecer su fiscalización, es muy probable que inicie a incorporar a varios contribuyentes al sistema FEL, por lo que sugerimos hacer el cambio oportunamente, esto permitirá hacerlo de manera ordenada y con el debido tiempo, máximo si se utilizaran los servicios de un certificador, pues cuando se haga el cambio a la mayoría, estarán saturados.
El uso de tecnología es muy importante hoy en día y el aprovecharla para optimizar nuestra operación es nuestra responsabilidad; así como, sacarle provecho a la misma.
Los cambios generalmente asustan, pero en la medida como la tecnología llega a todos las áreas de los negocios, nos daremos cuenta de sus beneficios y las grandes ventajas que traen.
Es importante tener a la mano un aliado para la implementación de FEL, ya que es un tema poco conocido, esto para que la implementación y puesta en marcha sea eficiente y con prontitud. Además, nos mantiene actualizado en los cambios, modificaciones o actualizaciones que SAT realice.
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